LICENCIAS CON GOCE DE HABER NO COMPENSADAS, PUEDEN DESCONTARSE DE BENEFICIOS SOCIALES
Pese a varias interpretaciones, el Tribunal de Fiscalización Laboral puso un fin a las dudas que rodeaban este tema y, al hacerlo, ha reducido los costos de licencias con goce de haber con trabajadores cuyos contratos culminaron antes de poder regresar a su puesto de trabajo.
INTERPRETACIÓN
El tribunal indicó que, si un contrato culmina sin que el trabajador pueda compensar lo debido, las remuneraciones que se dieron como “adelanto” durante la licencia deben descontarse de aquellas que aún tengan en su poder de pagar el empleador.
En consecuencia, los empleadores pueden descontar de los beneficios sociales correspondientes al trabajador por el fin de su contrato (como la CTS, por ejemplo) el monto pagado durante la licencia e, inclusive, en caso de haberlo, de las utilidades a las que tuviera derecho el trabajador.
La decisión fue tomada en mayoría, apoyada por los vocales Pacheco y Orsini. El presidente del tribunal, Mendoza, quien opinó que existían otros mecanismos para resolver la controversia generada por estos sucesos tan comunes durante la cuarentena.
El Tribunal de Fiscalización Laboral, el cual inició labores en marzo, ya viene emitiendo un número de resoluciones que favorecen a ambos trabajadores y empleadores.
EN CORTO
Durante el periodo de cuarentena las empresas y trabajadores pidieron al Congreso y Poder Ejecutivo emitir una norma que regule los periodos compensatorios generados por las licencias con goce de haber. Sin embargo, la norma nunca se emitió, llevando a dudas y polémica entre empleadores y trabajadores.
Fuente: Gestión
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